En ese sentido, el privilegio es del cliente, no del abogado: el cliente puede decidir renunciar al privilegio, pero el abogado no puede. Del otro lado, la defensa privada es aquella que el cliente contrata con sus propios recursos para ser usada en su proceso. Si has llegado hasta https://emilioorrrq.arwebo.com/51757636/the-5-second-trick-for-abogado-penalista