Es lo que se conoce como litigar en causa propia, posibilidad que está contenida en el artículo 33 del Código Procesal del Trabajo: Con fundamento en los hechos expuestos, muy comedidamente solicito al señor sentenciador, que previo el registro de mi personería para actuar como agente de la parte demandante. https://listfav.com/story21572508/fascinaci%C3%B3n-acerca-de-demanda-laboral-nuevo-sistema